Con lujo de violencia extrema, echan a mujeres del DIF de Chiautempan

Ex titular del área jurídica y prestadora de servicio social fueron sacadas por policías municipales de las instalaciones del SMDIF

A pesar de que la administración municipal que encabeza Gustavo Jiménez Romero la cual presume el respeto a las mujeres, el pasado jueves una empleada y una prestadora de servicio social del Sistema Municipal DIF fueron echadas de la administración morenista con el uso de la fuerza pública.

Se trata de Janet Matlalcuatzi Martínez titular del área Jurídica del SMDIF quien de manera sorpresiva fue dada de baja sin argumento legal alguno, para lo cual la administración municipal lo hizo con varios elementos de seguridad pública.

De acuerdo a versiones periodísticas del portal Ojo águila, el cese de la funcionaria se habría dado por conflictos administrativos y por supuestas diferencias con la titular de la Dirección Municipal del DIF Laura del Carmen Lozada Martínez.

Según testigos del bochornoso suceso, señalaron que hubo violencia física y verbal por parte del personal bajo el mando del alcalde Gustavo Jiménez Romero, quien en el más de un año seis meses que lleva de Gobierno, continúa en el escrutinio social por los escándalos recurrentes.

Además de que, junto con la ex trabajadora municipal una prestadora de servicio social sufrió el mismo trato por personal del Ayuntamiento lanero.

La referida acción además de ser una vergüenza por la forma en que ambas féminas fueron tratadas, es una evidente muestra de violencia institucional que ya es penada por las autoridades federales y locales.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia define como Violencia Institucional señala en el artículo 18 que, la violencia institucional; “son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia”.

“La violencia institucional es ejercida por agentes del Estado; puede realizarse a través de normas, prácticas institucionales, descuidos y privaciones en detrimento de una persona o grupos de personas. La violencia institucional se caracteriza por el uso del poder del Estado para causar daño y reforzar los mecanismos establecidos de dominación”.

Además de que; “Las y los servidores públicos ejercen violencia institucional e impiden el goce y ejercicio de los derechos humanos, entre otras causas cuando: obstaculizan el acceso a la justicia y a una tutela judicial efectiva; contravienen la debida diligencia; no asumen la responsabilidad del servicio que tienen encomendado; incumplen el principio de igualdad ante la ley; no proporcionan un trato digno a las personas, y omiten brindar protección a la integridad física, psíquica y social de las mujeres”.

Por lo anterior, no se descartó que ambas mujeres recurran a las instancias correspondientes, por la forma violenta en que los pupilos de Don Gustavo, mejor conocido entre la población como “Matusalén Jiménez” las trataron.

Con imágenes del portal Ojo águila

Fuente:

https://www.gob.mx/indesol/documentos/ley-general-de-acceso-de-las-mujeres-a-una-vida-libre-de-violencia-17-12-2016#:~:text=La%20presente%20ley%20tiene%20por,vida%20libre%20de%20violencia%20que

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