El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) por el que declaró la cancelación de la acreditación del Partido Encuentro Social (PES), al haber perdido éste su registro como partido político nacional al no alcanzar el 3 por ciento exigido en la ley electoral en las elecciones del pasado 1 de julio.
Los magistrados electorales coincidieron en que el agravio del PES, relativo a que debía conservar el registro como partido local, no obstante de no alcanzar el umbral requerido de votación a nivel nacional, resultaba infundado porque la Ley General de Partidos no establece la posibilidad de que, en los estados en donde se obtengan un nivel de participación por arriba del umbral requerido para conservar el registro, puedan mantener su registro como partido local.
En esa tesitura, la exigencia del PES para que el ITE le proporcione financiamiento público resultó infundada, pues al serle cancelado su registro perdió también su derecho a recibir el financiamiento público para sus actividades, particularmente porque el artículo 96 de la Ley General de Partidos precisa que, como consecuencia de la pérdida del registro, se extinguen todos los derechos y prerrogativas establecidas en ésta o las leyes locales respectivas.
Sin embargo, los magistrados precisaron que el PES tiene el derecho a ejercer lo dispuesto en la Constitución Política federal, en el sentido de que su órgano directivo estatal está facultado para realizar el trámite legal de solicitud de registro como partido político local ante el ITE. Por todo ello, el Pleno del TET confirmó el acuerdo aprobado por el Consejo General del TET.
Por otra parte, el Pleno del TET aprobó el acuerdo plenario relativo al juicio de la ciudadanía 336/2016, a fin de solicitar al Congreso del estado un informe sobre el seguimiento que ha realizado a las acciones iniciadas para garantizar, de forma idónea y eficaz, los derechos político-electorales de los pueblos y comunidades, particularmente elegir en los municipios con población indígena representantes ante los ayuntamientos.
Lo anterior, después de que una vez concluido el proceso electoral 2018, el plazo de seis meses concedido al Congreso local se reanudó formalmente a partir del 1º de septiembre de este año.
Asimismo, el Pleno del TET dio por cumplida la sentencia dentro del juicio ciudadano 21 y 22, relativa a que el ayuntamiento de Ixtenco debía reincorporar a sus funciones con voz y voto en sesiones de cabildo, a la síndica municipal Lucía Rojas González, además de pagarle sus remuneraciones desde la fecha de inicio de su suspensión hasta su restitución.
Finalmente, los magistrados electorales aprobaron los Lineamientos y procedimientos generales de la Comisión de Investigación y Divulgación del Tribunal Electoral de Tlaxcala.