Revoca TET negativa de registro de candidaturas a Diputaciones Locales del PRI

En la sesión extraordinaria celebrada este martes 23 de abril, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) revocó el acuerdo del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) mediante el que se negaron registros de candidaturas a diputaciones al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por el acuerdo emitido por el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), al detectarse que la omisión correspondió a representantes partidistas y no a aspirantes a las candidaturas a diputaciones locales de mayoría relativa y representación proporcional.

En atención de los medios de impugnación promovidos por el representante suplente del PRI y diversas personas, en contra del Acuerdo ITE-CG 77/2024, al formular la solicitud de registro de las candidaturas a diputaciones locales por el principio de Mayoría Relativa de los distritos 03, 04, 07, 11, 13 y 14.

En este caso, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 155 de la Ley Electoral, en el que se  establece que las solicitudes que se presenten dentro de las 48 horas anteriores al vencimiento del plazo de registro de candidaturas no podrán ser objeto de requerimiento por escrito de parte del ITE para subsanarse y se deberán cubrir los documentos faltantes hasta antes del cierre del periodo del registro de candidatos de que se trate, el agravio promovido por el instituto político demandante resultó infundado.

Al estudiarse las actuaciones en el TET, se consideró que el escrito presentado de manera extemporánea para el registro de candidaturas, se debió a errores u omisiones de los representantes partidistas, ya que las personas postuladas en las diversas candidaturas propietarias y suplentes a diputaciones locales por mayoría relativa del PRI, presentaron la documentación ante el Comité Directivo estatal del PRI de manera oportuna.

Por lo anterior, como parte de la resolución, se ordenó al Consejo General del ITE, realizar la verificación respecto del registro de las personas actoras, tomando en cuenta el escrito y anexos que fueron exhibidos.

En el expediente TET-JDC-039/2024 reencauzado a juicio electoral, promovido por el representante propietario del partido local Fuerza por México Tlaxcala, a fin de controvertir el requerimiento realizado en el acuerdo ITE-CG 75/2024 emitido por el Consejo General del ITE, para que subsanara las postulaciones respecto a la paridad en la acción afirmativa indígena, fue desechada la demanda, al haber un cambio de situación jurídica, pues el Organismo Público Local Electoral (OPLE) concedió ya la aprobación de las postulaciones para diputaciones por ambos principios del instituto político demandante.

En la sentencia que quedó registrada en el expediente de Juicio Electoral TET-JE-042/2024 y Acumulados, también promovidos por el PRI y aspirantes a candidaturas Propietarias y Suplentes por el principio de Representación Proporcional de dicho instituto político, contra del Consejo General del ITE, quienes impugnaron el acuerdo ITE-CG-79/2024 por la negativa de registro de las fórmulas de dichas candidaturas y la inconformidad por la omisión del Comité Directivo Estatal del PRI, de no presentar completas y de forma oportuna las solicitudes de registro ante el ITE, en atención a los juicios presentados, se actualizó la improcedencia de tres, porque los actores no firmaron la demanda presentada.

Ante los agravios presentados por los promoventes, se aprobó revocar la resolución impugnada, dado que el PRI inició el proceso de registro de manera previa a que concluyera el plazo legal previsto para ello, pero existió una omisión por parte de su Comité Directivo al  haberlos presentado de forma incompleta, debido a cuestiones de almacenamiento y resguardo de los documentos presentados, lo que ocasionó que por error o descuido, la documentación correspondiente no fuera presentada debidamente ante el ITE, instancia que tampoco requirió la partido la documentación faltante, sin hacerlo de conocimiento a los ciudadanos actores, quienes conocieron la omisión hasta el pasado 6 de abril.

Debido a que la omisión atribuida al PRI, vulneró los derechos político-electorales de los ciudadanos actores, en su vertiente de ser votados, se vinculó al Consejo General del ITE, para que permita subsanar los errores o inconsistencias en sus solicitudes de registro de manera efectiva en las que haya incurrido el PRI, ello a través de los representantes acreditados ante el Consejo General de dicho Instituto, y priorizar la garantía de audiencia de los ciudadanos, a fin de resarcir el derecho político electoral de ser votados que les fue vulnerado.