¿Qué sucede cuando alguien nos da una entrevista y luego cambia de opinión?

Andrés A. Solis

Este dilema surge luego de conocer una anécdota de una persona migrante que dio una declaración a un medio. La historia se publicó y quien dio la entrevista se arrepintió demasiado tarde.

¿Y si se arrepiente antes de que se publique?

Hay que recordar que nadie, ninguna persona está obligada a dar entrevistas, a menos que sea persona servidora pública, porque tiene la obligación de rendir cuentas.

Existe la ley de protección de datos personales en posesión de particulares y eso obliga a las empresas de medios a tener bajo buen resguardo la información personal de sus audiencias, clientes o suscriptores.

En otros casos, para ciertas producciones audiovisuales es necesario contar con la autorización de las personas para usar su imagen y se hace a través de las cartas de consentimiento informado.

Pero en el periodismo es distinto, buscamos a las personas para que nos den un testimonio, que nos cuenten su versión de un hecho o sobre algo que vivieron.

Con eso se construye la historia del día o un buen reportaje.

No hace falta el consentimiento firmado, pero sí la autorización previa de la persona para ser entrevistada, video o audio grabada y fotografiada y si no quiere, no la podemos obligar.

Pero si por la razón que sea, esa persona entrevistada decide retractarse, es su derecho y no hay argumento de por medio para que medios y periodistas respeten esa decisión.

Nadie puede decir que como ya dio la entrevista, se va a incluir en la nota.

Si un medio o periodista se enoja por una retractación así, ni modo, más bien deben revisar sus estándares éticos.

Ah, esto no aplica a personas funcionarias públicas, que tienen obligaciones de transparencia y rendición de cuentas.

Debemos recordar que tenemos un compromiso fundamental con nuestras fuentes y debemos garantizar su protección.

Aceptar que alguien ya no quiera ser parte de la historia es respetar sus derechos y al mismo tiempo proteger esos derechos s la intimidad, a la vida privada o a la propia imagen.

Igualmente es garantizar su derecho a la seguridad si considera que aparecer en medios pueda comprometer su integridad o la de otras personas.

Por eso hay que tener muy claro que exponer a las personas a los medios, nos obliga a tener los más altos estándares deontológicos y de seguridad para quienes nos dan información.