Durante la vigésimo séptima sesión ordinaria del congreso del estado, el diputado Perredista, Juan Manuel Cambrón, se reservó en lo particular, los Artículos 12, 20 y 23 del dictamen por el que se expide la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Tlaxcala.
Cambrón fue claro al mencionar que en la fracción VII del Artículo 17 de la ley se establece que…
“El Pleno del Tribunal es competente para conocer y resolver responsabilidades administrativas, así como el recurso de Apelación, el cual procederá, exclusivamente, en contra de las resoluciones dictadas por las Ponencias. De aquí que, si se considera que las personas titulares de las Magistraturas, que son al mismo tiempo las Ponencias, y que, al mismo tiempo, integran el Pleno del Tribunal, el cual debe resolver el recurso de apelación contra las resoluciones de las citadas ponencias, entonces, dichas ponencias se convierten en juez y parte, lo que resulta atentatorio al mencionado principio de imparcialidad que toda autoridad judicial debe observar”
En la redacción del Artículo 23, Cambrón señaló que se está considerando una estructura unitaria y colegiada para el Tribunal de Justicia Administrativa, pues por una parte se establece en los Artículos 10 y 17 las atribuciones del Pleno que, desde luego, serán colegiadas y, en el Artículo 23, las atribuciones de las Ponencias, pero sin que se diga explícitamente en ninguna parte de la Ley, el carácter unitario y, en consecuencia, resolutor de las Ponencias.
Afirmó que si de lo que se trata es establecer dos instancias en los procedimientos administrativos, entonces debe establecerse explícitamente de esa manera, pero salvaguardando principios constitucionales como el de imparcialidad de la autoridad judicial y garantizar el derecho a juicio de los particulares.
Cambrón Soria cuestionó el dictamen al manifestar que carece de un análisis y una evaluación sobre el número de asuntos que actualmente tiene en trámite el Tribunal…
“¿Qué se busca, qué se pretende al dejar sin claridad el funcionamiento unitario y colegiado del Tribunal, violentando el principio de imparcialidad judicial?. Por una parte, se está mediatizando, burocratizando la impartición de justicia, que lejos de ser pronta y expedita, tal y como lo establece el mismo Artículo 17 Constitucional, se vuelve tan solo un camino tortuoso, engorroso”.
Cambrón reconoció que esta ley orgánica del tribunal de justicia administrativa es por demás urgente, esencial y necesaria por lo que le dio su voto a favor en lo general, pero en lo particular tiene preocupantes deficiencias que la hacen inconstitucional.
Por lo anterior el diputado Cambrón propuso que se desechen los Artículos 12, 20 Apartado A fracción III y 23 de la Ley Orgánica a expedirse, a efecto de que se regrese a la Comisión Dictaminadora para que se establezca claramente, el carácter colegiado y, en su caso, unitario, que debe tener el Tribunal.
Sin embargo la mayoría morenista en el pleno le votó en contra y el dictamen pasó sin modificación alguna.