Aprueba LXIV Legislatura tipificar la violencia digital sexual y la pornografía infantil en Tlaxcala

  • La iniciativa fue impulsada por la diputada Diana Torrejón y acompañada por los Colectivo Cyber Pink y Mujeres Organizadas de Tlaxcala

Durante la Vigésima cuarta sesión ordinaria las y los integrantes de la LXIV Legislatura aprobaron la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal, la Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley de Educación, la Ley de Atención y Protección a Víctimas y Ofendidos del Delito, la Ley de Justicia para Adolescentes y la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, todas para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en materia de violencia digital sexual y pornografía infantil.

Cabe recalcar que dicha iniciativa fue presentada por la legisladora Diana Torrejón Rodríguez, acompañada por los Colectivos Cyber Pink y Mujeres Organizadas de Tlaxcala, la cual incluye en el Código Penal que serán imprescriptibles las medidas de seguridad, la potestad de ejecutar las penas y la pretensión punitiva, en todos aquellos delitos que impliquen cualquier tipo de violencia sexual cometidos en contra de personas en situación de discapacidad, que no comprendan el significado del hecho o víctimas que al momento del delito sean niñas, niños o adolescentes.

Así mismo se contempla el aumento de las penas hasta una mitad a quien comenta el delito de violación a la intimidad sexual, cuando se cometa contra una persona en situación de vulnerabilidad social o de origen étnico.

Estas modificaciones, adicionan el capitulo I Ter, en el que se tipifica como delito la pornografía de personas menores de 18 años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o personas que no tienen capacidad de resistirlo, considerando una pena de 7 a 12 años de prisión y multa de 800 a 3 mil veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización (UMA) vigente.

Sancionando a quien procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio a una o varias personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objeto de videograbarlos, fotografiarlos, filmarlos o exhibirlos.

También serán sancionados con la misma pena a quien reproduzca, almacene, distribuya, venda, exponga, publicite, importe o exporte dicho material y tendrán de 1 a 5 años de prisión quienes lo compren.

En ese mismo sentido, se establece la tipificación de la violencia sexual digital, como toda acción dolosa de connotación sexual que atenta contra la intimidad sexual de las mujeres y niñas, mediante el uso de espacios digitales, asi como cualquier forma análoga que lesione o sea susceptible de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.

Las y los diputados de la LXIV Legislatura también contemplaron la Creación del Protocolo Único para la Atención Adecuada de la Violencia Digital Sexual, atendiendo profesionalmente todos los casos de violencia contra las mujeres, de manera coordinada e Inter constitucional.

Finalmente, en rueda de prensa, la también presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables y Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, Diana Torrejón Rodríguez, junto con Diana Morales y Liz Montoya, impulsoras de esta iniciativa, se acompañaron por diversos colectivos feministas para celebrar este logro legislativo a favor de las mujeres tlaxcaltecas.

Asistieron las integrantes del Colectivo Cyber Pink, Mujeres Organizadas de Tlaxcala, la Red de Acompañantes de Tlaxcala, Xicalancas, AbanDonna el Miedo A.C., Voz con Causa y Mujeres Cannábicas de Tlaxcala.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *