¿Quién debe proteger a periodistas?

Por Andrés A. Solis*

El pasado 20 de enero, la Secretaría de Seguridad del Estado de México presentó el documento llamado “Protocolo de actuación de los elementos de seguridad del Estado de México, para garantizar la vida, la integridad, libertad y seguridad de las personas que ejercen el periodismo y la comunicación en la entidad”, un documento harto interesante por lo positivo que contiene y claro, por sus errores.

El documento pretende ser una especie de norma que cualquier elemento de seguridad del Estado, sea municipal o estatal, debe cumplir para que las y los periodistas mexiquenses o que se encuentren en el territorio, podamos cumplir con nuestra labor de informar sin ser objeto de agresiones o que las propias policías actúen ante cualquier agresión.

El documento es el primero que se hace público por parte de una autoridad estatal y eso es digno de reconocerse. Igualmente reconoce la importancia de que policías y elementos de seguridad no obstruyan la labor informativa de periodistas y faciliten y protejan nuestra actividad profesional.

El documento considera al ejercicio del periodismo como una actividad de interés público y que reconoce la obligación de la Secretaría de Seguridad de “promover, respetar, proteger, asegurar y garantizar los derechos humanos inherentes de dichas actividades”.

Sin embargo, si, claro que hay peros y estos yerros tienen su origen en la falta de acercamiento con especialistas, con personas que les pudiesen ayudar a redactar este protocolo.

  1. El documento se llama “Protocolo de actuación de los elementos de seguridad del Estado de México, para garantizar la vida, la integridad, libertad y seguridad de las personas que ejercen el periodismo y la comunicación en la entidad”, pero sólo se concentra en la actuación de las policías en los casos de movilizaciones sociales y no obliga a las policías a garantizar la protección de periodistas en todo momento.
  2. En el apartado 3 de Disposiciones Generales, preocupa la imprecisión y terribles errores en definiciones fundamentales para este protocolo como las de Actividad periodística, Comunicadora o comunicador, Periodista y Periodismo, que ni siquiera pasaron por la revisión elemental del diccionario.
  3. El documento no incluye sanciones contra cualquier elemento o persona funcionaria de la Secretaría de Seguridad que incumpla con este protocolo ni cuáles son los criterios de obligatoriedad para su cumplimiento.
  4. Este protocolo promete proteger los derechos humanos de quienes ejercemos el periodismo, pero al mismo tiempo los violan, al incluir el apartado 7 de “Derechos y obligaciones de las personas que ejercen el periodismo y la comunicación”. ¿Quién se cree la autoridad como para imponernos obligaciones para hacer nuestro trabajo y que de paso violentan la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?
  5. Este protocolo establece además un “Procedimiento en caso de delitos o faltas administrativas en contra de periodistas, comunicadoras o comunicadores”, pero en realidad es el listado de acciones que policías cumplirían cuando ¡detengan a un periodista!

El 31 de julio de 2019, el Colectivo de Periodistas del Estado de México entregó a Rodrigo Espeleta Aladro, secretario de Justicia y Derechos Humanos, un proyecto de protocolo de actuación para personas servidoras públicas para garantizar el libre ejercicio del periodismo en el Estado de México; documento que el gobierno mexiquense prometió revisar en 15 días y que nunca hizo y hoy presentan este protocolo mal hecho, mal diseñado y sin el consenso de especialistas, con la creencia de que lo hicieron bien.

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*Periodista, autor del “Manual de Autoprotección para Periodistas” y de la “Guía de buenas prácticas para la cobertura informativa sobre violencia”. Conduce el programa “Periodismo Hoy” que se transmite los martes a las 13:00 hrs., por Radio Educación.

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