Diana Torrejón presentó nueva Ley para Adultos mayores, no deben ser estorbo ni carga para los hijos

– La propuesta de Reforma a la Ley de atención a los adultos mayores fue enriquecida con aportaciones del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (SEDIF).

Con la finalidad de garantizar la atención y la protección de los derechos de los adultos mayores, como independencia, participación, cuidados, autorrealización, y dignidad, la Diputada Diana Torrejón Rodríguez presentó una iniciativa, para abrogar la Ley de atención a las personas adultas mayores en el Estado de Tlaxcala, y emitir una nueva Ley para la protección de los derechos de las personas adultas mayores del Estado de Tlaxcala ya que la existente era obsoleta.

La reforma a la Ley de atención a los adultos mayores en l sesión ordinaria de este martes, fue presentada ante el Pleno del Congreso local, misma que fue enriquecida con aportaciones del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (SEDIF).

Durante la lectura en tribuna, la Diputada Diana Torrejón, explicó que, de acuerdo a publicaciones de la ONU desde hace más de dos décadas; “la población mundial está envejeciendo: la mayoría de países del mundo están experimentando un aumento en el número y la proporción de personas mayores”.

“El envejecimiento de la población está a punto de convertirse en una de las transformaciones sociales más significativas del siglo XXI, con consecuencias para casi todos los sectores de la sociedad, entre ellos, el mercado laboral y financiero y la demanda de bienes y servicios (viviendas, transportes, protección social…), así como para la estructura familiar y los lazos intergeneracionales.”

La también Presidenta de la Comisión de los Derechos Humanos en el Congreso local, resaltó que a las personas mayores se las percibe cada vez más como elementos que contribuyen al desarrollo; “…se considera que sus habilidades para mejorarse a sí mismas y a la sociedad se deberían integrar en las políticas y en los programas a todos los niveles”.

En consecuencia, justificó la creación de una nueva figura administrativa a través del SEDIF denominada Oficina de Protección y Asistencia de Personas Adultas Mayores, toda vez que, en un futuro próximo inmediato; “muchos países estarán sometidos a presiones fiscales y políticas debido a las necesidades de asistencia sanitaria, pensiones y protecciones sociales de este grupo de población en aumento”.

La nueva oficina que será dotada de infraestructura por el Gobierno del Estado, misma que será vigilante y garante de la atención y protección de los derechos de los adultos mayores, especialmente de los que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad y poder abordar eficazmente el envejecimiento de la población y abordar el potencial de desarrollo y las necesidades de dependencia de las personas de edad.

“…reconociendo que la calidad de vida no es menos importante en la longevidad, y que las personas de edad deben, en el seno de sus familias y comunidades en la medida de lo posible, disfrutar de una vida plena, saludable, segura y satisfactoria y ser estimadas como parte integrante de la sociedad”, puntualizó la Legisladora.

Torrejón Rodríguez, dijo además, que a pesar de que el país cuenta con la Ley de Los Derechos de las Personas Adultas Mayores, expedida el 25 de junio de 2002, con una última reforma el pasado 10 de mayo de 2022.

En Tlaxcala, la progresividad en el reconocimiento de los derechos humanos obliga a actualizar el ordenamiento jurídico local en favor de este grupo social y potenciar sus alcances en favor del grupo social al que dirige la tutela de sus preceptos.

La nueva Ley para la Protección a las Personas Adultas Mayores del Estado de Tlaxcala, contempla diez capítulos y 29 artículos, y un régimen transitorio de 5 artículos, distribuidos de la siguiente manera:
Capítulo I. Disposiciones Generales, con tres artículos (1-3);
Capítulo II. De los Principios Rectores, con un artículo (4);
Capítulo III. De los Derechos de las Personas Adultas Mayores, con un artículo (5);
Capítulo IV. De los Deberes del Estado, con nueve artículos (6-14);
Capítulo V. De las Obligaciones de la Familia, con un artículo (15);
Capítulo VI. De la Oficina de Protección y Asistencia de Personas Adultas Mayores, con tres artículos (16-18);
Capítulo VII. De la Protección a la Economía de las personas adultas mayores, y de su atención preferencial, con cuatro artículos (19-22);
Capítulo VIII. De la Asistencia Social, con tres artículos (23-25);
Capítulo X. De las responsabilidades, Infracciones, Sanciones y medios de impugnación, con tres artículos 26-27);
Capítulo XI. De la Denuncia Popular, con tres artículos (28-29), y
Transitorios. Con cinco artículos.

La Legisladora Torrejón sostuvo que, de ser aprobada la referida iniciativa, el nuevo organismo vigilante y garante de la atención de los derechos de los adultos mayores en la entidad, fue resultado de una necesidad social que ayudará a maximizar la protección de derechos de las personas adultas mayores.

Finalmente resaltó que, su problemática jurídica no debe ser tratada junto a la población en general, por las características particulares de este grupo etario, que en muchos casos se encuentran en estado de abandono o indefensión, incluso viviendo dentro del seno de una familia.

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