Gobierno de Lorena Cuéllar ordenaría detención de miembros del sindicato Siete de Mayo
Un día después de su primer informe de Gobierno, Lorena Cuéllar se estrena con su primera presa política como parte de la revancha que tiene en el Sindicato 7 de mayo.
Por una denuncia del 2014 por el delito de sedicion, la mañana de este lunes fue detenida Julieta Berruecos Rodríguez en las instalaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala (PGJE) cuando acudió a solicitar una carta de no antecedentes penales y se sabe que ya fue recluida en el CERESO.
La ex Presidenta del Comité de Vigilancia del Sindicato siete de mayo quien actualmente estaba incluida en la planilla verde de Enrique Escobar en la cartera de acción femenil, fue bajada con la inminente finalidad de allanarle el camino a la hija del matrimonio Erazo Rodríguez.
Según testigos, la sindicalista estuvo retenida en las instalaciones de la PGJE por varias horas en lo que armaban el proceso.
Previo a su detención, Berruecos Rodríguez ha responsabilizado a la ex dirigente Guadalupe Rodríguez Guzmán de enfocarse en alentar una campaña de desprestigio del sindicato 7 de Mayo.
Incluso, en las últimas semanas la ex Dirigente realizó visitas a centros de trabajo de agremiados del 7 de mayo con la intención de recobrar el control del mismo siendo favorecida por la administración estatal, ante un posible pago político tras apoyar la candidatura de la actual gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros.
En consecuencia, se presume la intromisión y el otro evidente tráfico de influencias generado desde la administración estatal y de acuerdo con los estatutos, la asamblea es el máximo órgano de gobierno y decisión en la vida sindical la que deba tomar las decisiones.
De acuerdo al Código Penal de Tlaxcala, en el Artículo 143 precisa; “Se impondrá de seis meses a ocho años de prisión y multa de treinta y seis a quinientos setenta y seis días de salario y la suspensión o privación de sus derechos políticos hasta por dos años, a los que reunidos tumultariamente, sin uso de las armas, impidan o ataquen en forma violenta a la autoridad o ataquen para impedir el libre ejercicio de sus funciones, con algunos de los propósitos a que se refiere el artículo 138 de este código”.
“Se impondrá de dos a doce años de prisión y multa de ciento cuarenta y cuatro a ochocientos sesenta y cuatro días de salario, a los autores intelectuales, a quienes dirijan, organicen, inciten, compelan o patrocinen económicamente a otros para cometer este delito”.