La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó la existencia de la vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad por parte de la gobernadora de Tlaxcala, derivado de su participación a un evento de campaña el 14 de mayo, por la naturaleza del cargo público que ostenta y toda vez que se advirtió que realizó actos tendentes a favorecer al candidato a la gubernatura de Hidalgo, Julio Ramón Menchaca Salazar; en ese sentido, también se acreditó la responsabilidad del entonces candidato, derivada del beneficio que obtuvo por la presencia de la gobernadora a su evento de campaña.
En consecuencia, respecto de la servidora pública se ordenó dar vista al Congreso de Tlaxcala para que determine la sanción que corresponda y, respecto del entonces candidato denunciado, se ordenó la imposición de una multa de 100 (cien) Unidades de Medida y Actualización, equivalente a $9,622.00 (nueve mil seiscientos veintidós pesos).
Finalmente, respecto de los partidos políticos que postularon al candidato (MORENA, PT y Nueva Alianza Hidalgo), se determinó que no incumplieron con su deber de cuidado respecto de las actuaciones de la funcionaria pública denunciada porque, conforme a los criterios de la Sala Superior de este Tribunal Electoral, los partidos políticos no tienen la calidad de garantes respecto a conductas realizadas por personas del servicio público (SRE-PSC-174/2022).