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Lágrimas, amiguismo y tráfico de influencias, entre la CEDHT y el IAIP Tlaxcala

Lágrimas, amiguismo y tráfico de influencias, entre la CEDHT y el IAIP Tlaxcala

Twitter@AlfonsoDLRosa

El pasado 15 de julio de 2021, en las instalaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala (CEDHT), se llevó a cabo una rueda de prensa, en la que participaron autoridades de la CEDHT, entre ellas la actual presidenta Jakqueline Ordoñez Brasdefer, el secretario ejecutivo, el primer visitador, además de la supuesta “víctima” de nombre Marlene “N”, en este ejercicio de exponer públicamente a servidores públicos por violaciones a derechos humanos (DDHH), como un acto coercitivo por parte del órgano encargado de garantizar el respeto de los derechos humanos de los tlaxcaltecas, en esta rueda de prensa, se dio a conocer la primera recomendación emitida en la era Ordoñez, se trata de la recomendación número 01/2021, en contra del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado del Estado de Tlaxcala (IAIP Tlaxcala) y contra dos ex funcionarios de dicha institución, José “N” y Francisco “N”, por supuestos actos de violencia en contra de Marlene “N”; con esta recomendación, la actual Ombudsperson de nuestro Estado, se estrena como defensora de los derechos humanos de los tlaxcaltecas.

Al parecer, todo estaba excelentemente bien, el 15 de julio de 2021, frente a un buen número de representantes de medios de comunicación, con bombo y platillo, los servidores públicos de la CEDHT, presentaron la recomendación, dando a conocer abiertamente los nombres de los involucrados, incluida la supuesta “víctima”, —sin importar que se pudiera generar en ella, incluso una posible “revictimización”— quien se encontraba no en primera fila, sino en el presidium, al lado de la presidenta defensora de los DDHH de los tlaxcaltecas, a quien además le otorgaron el uso de la palabra, para que lanzara amenazas en contra de los denunciados, al decir públicamente que no descansará hasta llegar a las últimas consecuencias; a varios de los periodistas presentes les generó extrañeza ver ahí, a quien en el año 2018, se dolió públicamente de haber sido violentada por sus pares, cuando los tres se desempeñaban como servidores públicos e integraban el máximo órgano de gobierno, del ente garante de la transparencia de nuestro Estado.

Sin embargo, el desenlace que conllevaría esta recomendación nadie lo esperaba, ni los propios involucrados, que se trata de dos ex servidores públicos, (hoy ciudadanos comunes), se trata de José “N” y Francisco “N”, ambos se desempeñaron como comisionados del año 2017 al año 2019, quienes, al igual que la supuesta “víctima”, fueron destituidos del cargo en el año 2019, por los diputados integrantes de la actual legislatura, (LXIII legislatura) que se encuentra preparando sus maletas.

Y es que la CEDHT, el día 19 de agosto de 2021, ha recibido un revés por parte del actual consejo general del IAIP Tlaxcala, al emitir contundentemente la respuesta de informar formalmente a la CEDHT, la no aceptación de la recomendación 01/2021, por considerar que ésta se encuentra plagada de irregularidades e ilegalidades, se transgredió el debido proceso, indebida valoración probatoria y falta de fundamentación y motivación, los integrantes del Pleno del IAIP, argumentan, fundan y motivan en su escrito conformado por 27 páginas, que además está avalado por los tres integrantes del órgano garante de transparencia de nuestro Estado y que fue remitido en las oficinas de la CEDHT el día 19 de agosto de 2021.

La respuesta de los tres integrantes del Pleno del órgano garante de transparencia de Tlaxcala, deja muy mal parada a la presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y a su personal, ya que jurídicamente le corrigen su recomendación, además la exhiben, al exponerle todas las fallas y errores que contiene la recomendación, como por ejemplo que no se respeto el tiempo establecido por la Ley de la Comisión y el Reglamento interno para emitir la recomendación, que es de seis meses como máximo, así mismo que “la Comisión pasó por alto y se extralimitó en sus funciones al evidenciar posibles actos que en un primero momento no fueron precisados” y que llevaron a calificar la queja como pendiente, pero posteriormente a través de una comparecencia de la quejosa Marlene “N” se corrigieron para recalificarla, es decir se hicieron cambios a modo en el expediente para adaptarla a las necesidades y lograr que la queja contara con los elementos para que pudiera intervenir la CEDHT.

Así mismo, se menciona en el escrito del IAIP Tlaxcala, que la CEDHT a través de un conocimiento superficial y sin llevar a cabo todas y cada una de las diligencias necesarias para recabar la información de las posibles violaciones cometidas, emitió una decisión anticipada de la calificativa de las tipologías de violación de mera probabilidad, cometidas en agravio de la entonces probable víctima, y respecto a la existencia del derecho discutido en el proceso, efectuando un cálculo de probabilidades de debieron acreditarse en el desarrollo de la queja a través de medios de convicción.

Continua el documento manifestando lo siguiente, que el estudio que realizó la Comisión pasó por alto el contexto en el que se inscribieron las múltiples discrepancias o diferencias ideológicas o de expresión entre los entonces integrantes del Consejo General, pues los hechos que dieron origen a la queja se dieron en un espacio de naturaleza colegiada y de máxima representación de gobierno del Instituto, y sobre todo de igualdad jerárquica entre sus integrantes, por lo que esa normal que se susciten discusiones o confrontación de ideas o puntos de vista; por lo que cualquier desavenencia expresa con la quejosa, no implicaba necesariamente darle un trato diferenciado o desventajoso. Por el contrario, si fuera el caso que por su condición de mujer se le diera un trato diferenciado, matizado o endulzado, eso sí equivaldría a discriminarla, puesto que tal forma de trato implicaría tácitamente subestimar su capacidad de participar de forma democrática e igualitaria, o de anular sus aptitudes intelectuales.

También la Comisión dejó de lado que el origen de la queja tuvo lugar en el contexto del desempeño de funciones de la quejosa, en su rol de autoridad interactuando con otras autoridades. Es decir los tres integrantes del Consejo General del IAIP tenían los mismos derechos, las mismas obligaciones y las mismas prohibiciones, ninguno se encontraba realizando una función en calidad de particular ni de subordinación, por el contrario el nivel de los tres era el mismo.     

Algo que no está dentro de la respuesta del IAIP Tlaxcala, es el hecho de que la presidenta de la CEDHT incurrió en varios hechos que pueden ser considerados delitos de corrupción, entre ellos, el que debió excusarse de sustanciar y emitir la recomendación, por existir conflicto de intereses, al tener una relación de amistad desde el año 2008 con la supuesta “víctima” ya que ambas fueron compañeras en la entonces Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Tlaxcala (CAIP Tlaxcala) del año 2008 al año 2014, lugar en el que generaron una relación de amistad, que sin duda, se interpuso a la hora de emitir la recomendación en contra del IAIP y de los ex funcionarios involucrados. Además de que la Comisión se extralimitó de sus funciones lo que puede ser considerado como abuso de autoridad.

Así las cosas en este asunto, que ha demostrado que la corrupción en el ejercicio de los cargos públicos no distingue género, ya que en un afán por querer demostrar que el ex presidente de la CEDHT fue omiso al no darle continuidad a la investigación y sustanciar la queja presentada por Marlene “N”, por el contrario, aquí se ha evidenciado el tráfico de influencias, abuso de autoridad, uso ilícito del ejercicio público, posible coalición de servidores públicos, entre otros delitos por hechos de corrupción, entre la presidenta actual de la CEDHT y la supuesta víctima Marlene “N”.

El asunto en este momento, ya no está en el ámbito local, ya que los supuestos violentadores de derechos humanos, han acudido a la justicia federal vía amparo, el que ha sido admitido y les otorgaron la suspensión provisional, para que el juez federal investigue y valore si una instancia defensora de derechos humanos (CEDHT) está  incurriendo en violación de derechos humanos.

El caso se presenta como algo sumamente interesante, que sin lugar a dudas, será un referente y un precedente en el cumplimiento de las funciones públicas y el buen ejercicio del servicio público. Ya no estamos en los tiempos en los que las autoridades hacían lo que querían con las leyes y aplicaban la frase: “Para los amigos, Justicia y Gracia. A los enemigos, Justicia a secas”, esperemos que entremos a los tiempos en los que la impunidad se señale, se denuncie, se combata, y que los funcionarios corruptos reciban los castigos que las leyes prevén.

Las opiniones expresadas por los columnistas son independientes y no reflejan necesariamente el punto de vista de Ahora Infórmate.

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