Anula TET elección de presidente de comunidad en San Mateo Xocoyucan, Panotla

El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) determinó anular la elección de presidente o presidenta de comunidad de San Mateo Huexoyucan, municipio de Panotla, por encontrarse acreditada la inobservancia de los usos y costumbres que rigen elección en esa localidad.

Lo anterior, porque se evidenció que no existen constancias de haberse celebrado asambleas comunitarias en las que, al igual que en las elecciones pasadas, se realizara la propuesta y selección de candidaturas por parte de las personas asistentes. Tampoco existe algún indicio de haberse aprobado en alguna asamblea comunitaria los requisitos para poder votar, así como los que debían cumplir las personas que quisiera participar como candidatos o candidatas, además de la fecha, horario y lugar en los en se pudiera llevar a cabo la elección.

“De las constancias que obran en el expediente y lo manifestado por la propia mesa de debates en su informe circunstanciado, se encuentra acreditado que ésta, sin aprobación de la asamblea comunitaria, determinó variar la forma en que se venía realizando la elección en esa comunidad al emitir por su cuenta una convocatoria en la que establecieron todos los requisitos necesarios para poder votar, obtener una candidatura, así como las fecha, hora y forma en que se llevaría a cabo la elección”, observó el Pleno.

Otro dato relevante identificado dentro del juicio de la ciudadanía 010 de este año, fue que “en la convocatoria se estableció que el 17 de enero, la misma sería presentada en una asamblea comunitaria, situación que no aconteció a pesar de que la propia mesa de debates en su informe circunstanciado reconoce que la asamblea comunitaria es la máxima autoridad dentro de la población”.

En la sentencia aprobada por los magistrados José Lumbreras y Miguel Nava, así como Claudia Salvador, se observó que de los antecedentes de elecciones pasadas, la votación más baja de la que se tiene registro fue en 2007 con un total de 459 votos, mientras que en la elección llevada a cabo en este año se registraron únicamente 267 sufragios, es decir, 192 votos menos, lo cual representa una disminución del 41.83 por ciento de personas que acudieron a sufragar.

 

Amonesta TET al Partido Fuerza por México

En otro tema, el Pleno del TET impuso una amonestación pública al Partido Fuerza por México, debido a que realizó la pinta de una barda propiedad del ciudadano Noé Cruz de Sixto, sin su autorización.

“Ese instituto político sí cometió la infracción al haberse acreditado la existencia de la pinta, por lo cual se impone una amonestación pública al Partido Fuerza por México”, resolvió.

El Pleno también determinó el cumplimiento de sentencia por parte del Partido Impacto Social SÍ (PISS), al acreditarse el retiro de pintas en ocho bardas localizadas en accesos carreteros, algo prohibido por la ley electoral.

Finalmente, los magistrados y la magistrada ordenaron la remisión al ITE de las constancias que integran el expediente del procedimiento especial sancionador 058 de este año, interpuesto por el Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en contra de diversos funcionarios públicos del orden estatal y municipal, por el presunto uso indebido de programas sociales con fines electorales y de propaganda gubernamental.

Lo anterior, a fin de que la Comisión de Quejas y Denuncias del ITE reponga actuaciones a partir del emplazamiento a las partes y la audiencia de pruebas y alegatos.

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