Por colgarse de símbolos religiosos Marvin Mora sería inelegible por MORENA

El PES solicitó al ITE anular participación de aspirante en MORENA por alevoso y ventajoso, tras promocionarse premeditadamente con la religión católica

Por usar símbolos religiosos para fines político electorales, por violar los tiempos electorales, además de alevoso y ventajoso, el Partido Encuentro Solidario (PES) solicito al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) invalidar la participación de Blas Marvin Mora como posible candidato de MORENA a la alcaldía capitalina.

Fue Alejandro Martínez López quien presento ante el órgano electoral local un procedimiento especial sancionador en contra del C. Blas Marvin Mora Olvera y se le apliquen las medidas cautelares para que retire de manera inmediata la promoción política

En el escrito presentado ante la Comisión de quejas y denuncias del ITE, el dirigente político solicitó; “se ordene el retiro inmediato de la propaganda que contraviene lo dispuesto en los artículos 24 y 130 de la Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos; 227 numeral 3 Y 247 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 125 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala; 52 fracción XVIIII de la Ley de Partidos del Estado de Tlaxcala y 55 numeral II del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones”.

Alejandro Martínez puntualizo en el documento, que; Blas Marvin Mora Olvera y participa en el proceso interno de selección de candidatos a cargos de elección popular de MORENA y se promueve político electoralmente con símbolos religiosos.

“…se observa la promoción de la imagen y nombre del aspirante a la Presidencia Municipal de Tlaxcala por el Partido Morena, con el slogan <Bienestar y mejora con>, resaltando atrás de la imagen del denunciado la basílica de la virgen de Ocotlán en cuyas torres están rematadas con las cruces, símbolos emblemáticos de la religión católica y que impactan a la observación”.

La denuncia detalló que tanto Blas Marvin Mora Olvera y el Partido Político MORENA, vulneran lo consignado en el artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que

Artículo 24. Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política.

“Así mismo, se vulnera flagrantemente lo establecido en el artículo 130. El principio histórico de la separación del Estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente artículo. Las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley”.

Además, se transgrede también lo establecido en el artículo 227 de la ley General de Instituciones y Procedimientos electorales, ya que en el artículo 227, “…se entiende por precampaña electoral el conjunto de actos que realizan los partidos políticos, sus militantes y los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular debidamente registrados por cada partido”.

“Se entiende por propaganda de precampaña el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante el periodo establecido por esta Ley y el que señale la convocatoria respectiva difunden los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular con el propósito de dar a conocer sus propuestas. La propaganda de precampaña deberá señalar de manera expresa, por medios gráficos y auditivos, la calidad de precandidato de quien es promovido”.

Agregó el documento, que “no se cumple lo establecido en el artículo 52 fracción XVIII de la Ley de Partidos Políticos para el Estado de Tlaxcala”, ya que son obligaciones de los partidos políticos; “abstenerse de utilizar símbolos religiosos, así como expresiones, alusiones o fundamentaciones de carácter religioso en su propaganda”.

Tras lo anterior, el recurso de inconformidad concluye que; “…la propaganda electoral que utiliza o incluye un símbolo como la cruz, influye de manera contundente en el ánimo del electorado que comulga con la religión católica, pues con ella se induce a los ciudadanos a apoyar a un determinado candidato cuya imagen o nombre se relaciona con dicho símbolo, por considerar que comparte la misma creencia religiosa, y por consecuencia constituye un medio de persuasión y una incitación religiosa para que el electorado vote a favor de ese candidato, atentando contra la libertad de discernimiento de los ciudadanos al momento de emitir el sufragio”.

En consecuencia; “si la utilización de elementos religiosos y la implementación de propaganda o actos de proselitismo con fundamentación religiosa en una campaña electoral, conlleva legalmente a la nulidad de las elecciones, en este caso es dable atender que el denunciado le sea negado o retirado su registro a la precandidatura que solicita y a la postre no sea posible su participación en el proceso electoral vigente”.

Finalmente, el dirigente estatal del PES, solicitó al ITE que la sanción que deberá imponer por las infracciones cometidas; “debe ser bastante y suficiente, incluso con la negación a participar en el proceso electoral; dejando entrever que su conducta se da con premeditación, alevosía y ventaja”.

A esta denuncia se le suma una más que en días pasados el mismo dirigente partidista presentó en contra de Marina Aguilar quien busca ser candidata del PAN para la Presidencia Municipal de Apizaco y también se promueve con símbolos religiosos.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *