Derivado de cercanía del proceso electoral local, el diputado de Morena Jesús Rolando Pérez Saavedra, presentó ante el Pleno del Congreso una iniciativa para liberar a presos mediante una Ley de Amnistía.
El morenista quien fuera depuesto de la presidencia de la Comisión de Puntos Constitucionales, ahora busca que su iniciativa sea aprobada antes del inicio del proceso electoral local para beneficiar a presos o sentenciados.
La amnistía implica el perdón de conductas punibles que puede obedecer a diversas causas, principalmente, a aquellas que están relacionadas con la prudencia política.
“En el plano local debemos abogar con firmeza por dar cumplimiento a las obligaciones que tiene el Estado derivado de los delitos. En concreto, se debe garantizar el cumplimiento de los derechos de las víctimas y atender las consecuencias que generan estos delitos en la sociedad”.
Explicó que en Tlaxcala la Ley buscará decretar amnistía a favor de quienes se haya ejercido o pudiera ejercitarse acción penal ante los tribunales del fuero común de Tlaxcala, siempre que no sean reincidentes respecto del delitos por los que están vinculadas o sentenciadas.
Es decir, que aplicaría para quienes hayan sido sentenciados improvisados, con proceso de vinculación o prisión preventiva oficiosa, por el delito de aborto en cualquiera de sus modalidades previstas en el Código Penal.
A personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas que no hayan accedido a la justicia por falta de traductor en su lengua; por defender su tierra, agua y bosques; cuando se compruebe que su situación es de extrema pobreza o extrema vulnerabilidad, y por temor fundado o que hayan sido obligados por la delincuencia organizada.
También aplicará por el delito de robo simple, siempre que no amerita una privativa de la libertad de más de 5 años.
“Por sedición y delitos políticos o por que hayan invitado, instigado o incitado a la comisión de otro delito, formando parte de grupos impulsados por razones políticas con el propósito de alterar la vida institucional…”.
En contra parte, no se concederá el olvido a quienes hayan cometido delitos contra la vida, la integridad corporal, secuestro o que hayan usado en la comisión del delito violencia o armas de fuego, es decir, delitos considerados como graves dentro del Código Penal local o Federal.