Con tandas del Bienestar apuntalarían a Ricardo Amaro rumbo a la alcaldía capitalina

La operación de las tandas que opera la Secretaría del Bienestar, llevaría la finalidad de apuntalar políticamente a Ricardo Amaro Ramírez a la alcaldía capitalina, toda vez que once de 16 centros integradores fueron instalados en comunidades pertenecientes al municipio de Tlaxcala y los cinco restantes para 13 municipios que conforman el distrito dos.

Ese escenario dejaría en claro al evidente apoyo para el ex Presidente de la CEDH quien maneja entre sus cercanos que será el próximo alcalde capitalino ya que después de competir en el proceso electoral del 2016 no logró ser candidato a la alcaldía por el PRD ya que en su lugar fue designado Francisco Hernández.

Ricardo Amaro ex priista y ex perredista, es un personaje cercano a la coordinadora de los programas federales en Tlaxcala Lorena Cuéllar Cisneros, quien en el pasado proceso electoral local buscó ser candidato a la diputación local por Morena en el VII distrito con cabecera en Tlaxcala, sin embargo, no pudo ya que en su lugar fue designado el actual Legislador por el PEST José Luis Garrido Cruz.

Aunque Ricardo Amaro no labora en el Gobierno Federal, la operación de los centros integradores llevarían la inminente finalidad de impulsarlo políticamente en sus aspiraciones ya que para la distribución de los mismos se priorizó la capital del Estado.

Para el caso del Distrito Electoral 02 con cabecera en Tlaxcala (Región II) que incluye a 14 municipios para los que fueron autorizados 16 centros integradores, coincidentemente se hayan instalado 11 de los 16 centros integradores en comunidades que conforman el municipio capitalino y los 5 centros restantes serán instalados en 13 municipios.

Mientras que para el Distrito Electoral Federal 01 que compone la Región I con cabecera en Apizaco, se deberán conformar 42 centros integradores y para el Distrito 03 (Región III) con cabecera en Zacatelco serán instalados 45 centros integradores.

Los apoyos que otorga el programa federal son:

El Programa otorga un primer apoyo mediante financiamiento sin intereses por $6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N.).

Una vez reembolsada esta cantidad, se podrá acceder a un segundo apoyo mediante financiamiento sin intereses por $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.).

En caso de reembolsar el segundo financiamiento, se podrá acceder a un tercer apoyo mediante financiamiento sin intereses por $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.)

Los reembolsos se podrán realizar hasta en doce pagos mensuales con tres meses de gracia iniciales. Las personas beneficiarias que lleven a cabo el reembolso de los financiamientos en tiempo y forma podrán recibir una constancia de cumplimiento de pago.

Según las reglas de operación que maneja la dependencia, los municipios que podrán participar en ese programa deberán cubrir algunos requisitos como:

El Programa tiene cobertura en los municipios de Media, Alta y Muy Alta Marginación del país conforme a la clasificación del Consejo Nacional de Población. También se puede atender a municipios con altos índices de violencia, identificados con información del Secretariado Ejecutivo y municipios con presencia indígena.

Los criterios que se deben cumplir para acceder al programa es necesario cumplir lo siguiente:

Tener entre 30 y 64 años de edad al momento de la solicitud.

Manifestar bajo protesta de decir verdad que cuentan con un Micronegocio con más de seis meses de operación cuya actividad no sea agropecuaria.

Ser residente de algún municipio o localidad perteneciente a las zonas de cobertura del Programa

Esta información es verificada por la Secretaría de Bienestar mediante el trabajo de levantamiento de información en campo a su cargo.

Si se cumplen los criterios para acceder al Programa, las personas de la Secretaría de Bienestar que realizan el levantamiento de información en campo, solicitarán:

  1. a) Solicitud debidamente llenada (En el momento de la verificación)
  2. b) Identificación oficial vigente;
  3. c) Clave Única del Registro de Población (CURP),
  4. d) Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses.

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