Después de confirmar el triunfo del candidato de la coalición Por Tlaxcala al Frente en el distrito 14 con cabecera en Natívitas, Miguel Ángel Covarrubias Cervantes, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) confirmó también la asignación de diputaciones locales de representación proporcional realizada por el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE).
Con ello, la asignación de diputaciones plurinominales corresponde a Leticia Hernández Pérez y Omar Milton López Avendaño del Partido Acción Nacional (PAN), Zonia Montiel Candaneda del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Laura Yamili Flores Lozano del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Irma Yordada Garay Loredo del Partido del Trabajo (PT), Maribel León Cruz del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), María Isabel Casas Meneses del Movimiento Ciudadano, Luz Guadalupe Mata Lara del Partido Nuevo Alianza (Panal), y Patricia Jaramillo García y Miguel Piedras Díaz del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).
La asignación de diputaciones de representación proporcional aprobada por el Consejo General del ITE fue impugnada por el PS; PAC; PT; PRD; Movimiento Ciudadano; PES José Alejandro Aguilar López, candidato a diputado local por el principio de representación proporcional por el PT; María del Pilar Garrido Cruz, candidata propietaria a diputada local por el principio de representación proporcional por el PES; y Mónica Sánchez Angulo, candidata a diputada suplente por el principio de representación proporcional registrada por el PES.
En la resolución sobre las diputaciones de representación proporcional, los magistrados electorales tomaron en cuenta lo resuelto en el Juicio Electoral 048 y su acumulado, Juicio Ciudadano 49, en la que se anuló la votación recibida en la casilla 316 contigua, correspondiente al Distrito XIV con cabecera en Nativitas.
Asimismo, el Pleno del TET precisó que del análisis de las actas de cómputo distrital no se desprendió ninguna afectación al PES, pues sólo hubo una variación mínima en la consulta, la cual se corrigió y se consideró en su momento. Además, también señaló que en el acuerdo aprobado por el Consejo General del ITE no hubo ningún error aritmético que redundara en una afectación para ese mismo partido.
Los magistrados también resolvieron que en el juicio electoral 50 fue infundado el agravio señalado por el PS, que argumentaba que el ITE debió utilizar, como parámetro para analizar la sobre representación, la votación total emitida en lugar de la votación válida, obteniendo el PS en dicho caso, un escaño en el Congreso.
Del juicio electoral 52 y del juicio ciudadano 53, los magistrados calificaron de infundados los planteamientos de los actores, al resolver que el ITE utilizó correctamente, como parámetro, la votación total emitida para analizar la sobre representación, pues conforme al marco normativo lo correcto es utilizar la votación total válida.
En cuanto al juicio ciudadano 58 del 2018, en el que se argumentaba una sobre representación de Morena por el hecho de tener 12 de 25 diputados, los magistrados determinaron que no le asistía razón a la actora.
En relación a los agravios relativos a la paridad de género, el PRD, en el juicio ciudadano 57, señalaba que el acuerdo del ITE era discriminatorio y atentaba contra la igualdad entre hombre y mujer, en razón de que no se aplicó el principio de paridad a pesar de que la integración del Congreso no es paritaria. De hecho, señalaba que era posible ajustar la integración de la Legislatura en la asignación de diputados locales de representación proporcional, hasta acercarlo lo más posible a la paridad sobre la base de los artículos 1 y 4 de la Constitución Federal.
Al respecto, el Pleno del TET resolvió que no le asiste la razón al PRD en razón de que si bien es el género femenino el que supera en porcentaje al masculino, no cabe una interpretación constitucional a través de la cual sea posible ajustar en la mayor medida posible las asignaciones por representación proporcional a favor del género masculino, pues según el principio de igualdad material es el género femenino el que históricamente ha carecido de posibilidades reales de acceso al poder político.
En ese sentido, si bien hubo modificaciones en los datos del acuerdo aprobado por el ITE, el Pleno del TET confirmó las constancias de asignación de diputados de representación proporcional.
Confirma TET validez de la elección en el distrito 14 de Natívitas
El Pleno del TET también confirmó el triunfo de Miguel Ángel Covarrubias Cervantes, candidato de la coalición Por México al frente conformada por PAN, PRD y PAC en el distrito 14 de Natívitas.
En esa elección Morena solicitaba la invalidez de la elección con el argumento de que el candidato ganador había rebasado el tope de gastos de campaña, sin embargo, de acuerdo con el dictamen aprobado por el INE, Covarrubias Cervantes sólo ejerció el 90.6 por ciento del tope de gastos fijado por el Instituto Nacional Electoral (INE), por lo cual el agravio fue infundado.
En relación a las causales de nulidad de votación recibida en casilla, con el argumento de Morena de que la votación se recibió por personas no autorizadas por la ley, los magistrados electorales resolvieron que sólo en el caso de la casilla 316 contigua 1, correspondiente al municipio de Santa Apolonia Teacalco, se acreditó que representantes de partido político fungieron como integrantes de la mesa directiva de casilla.
En ese sentido, al actualizarse la causal de nulidad de la votación recibida en la casilla 316 contigua 1, se modificó el cómputo distrital y la diferencia de 76 votos se redujo a 9, por lo que el candidato Miguel Ángel Covarrubias siguió conservando el primer lugar en la votación. Por ello es que el Pleno del TET confirmó la declaración de validez de la elección, así como la entrega de la constancia de mayoría.