Roberto Nava Briones
A pesar de que la Ley electoral inhibe a las autoridades realizar actos masivos y públicos que pudieran favorecer a un partido político o pudiera ser condicionante de difundir la imagen de una persona para promocionarse político electoralmente, Manuel Camacho Higareda secretario de Educación Pública en el Estado justificó que entregar apoyos públicos en proceso electoral se debe a que la educación no se puede detener.
En la etrevista colectiva que ofreció después de que el Gobierno del Estado anunció la puesta en operación de un programa de becas, el funcionario estatal precisó; “como Usted sabe la educación es un proceso que no se puede detener, la educacion es tambien un derecho Constitucional y es tambien obligación en la parte oficial proveer los elementos a los jóvenes para que se sigan preparando”.
A pesar de que uno de los comunicadores le hizo la precisión que el acto celebrado fue público y masivo, el funcionario desdeñó ese supuesto; “nuestra función es proveer elementos para que los jóvenes puedan seguirse preparando y eso es en lo que estamos concentrados”.
“…ya en otros temas tendrán que ser analizados bajo otros criterios, pero en lo educativo es algo que no puede detenerse, estamos hablando de la formación de personas”, puntualizó Camacho Higareda.
El artículo 134 Constitucional estipula que; “los servidores públicos de la Federación, los Estados y los municipios, así como del Distrito Federal y sus delegaciones, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos
que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos”.
“La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social”.
“En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”, precisa la Ley.